BLOG RADIOGRAFIA DEL PSOE
Xiv ª ENTREGA
C.1 En la 2ª Restauración Borbónica.
(Continuación)
C.1.1.2.6 Los glóbulos rojos del PSOE.
Los afiliados son a un partido político lo que los glóbulos
rojos a un cuerpo, por eso para complementar la radiografía del PSOE es
necesario añadir el análisis hematológico del mismo, es decir, el censo de
afiliados. Luego, al igual que en el cuerpo humano se comparan los valores
homólogos encontrados en los diferentes análisis -glucosa en sangre;
colesterol, etcétera -, en un partido político se comparan los censos anuales, para
conocer la tendencia evolutiva, y se analiza la pirámide de edad de los
afiliados.
Su evolución nos
indicará su fortalecimiento o su decadencia, y la pirámide de edad su juventud
o su decrepitud.
Por ello, deseoso de completar la noticia que sobre la
celebración del XXVII Congreso del PSOE he escrito en el punto C.1.1.2.1 de la
13ª entrega, quise conocer el censo de afiliados en las fechas en que se
convocó.
Lo extraño del caso es que, así como existen numerosas
fuentes fiables en las que consultar que censos tenía en PSOE en prácticamente
todos los años de su larga existencia, no encontré fuentes históricas que den
directamente el número de afiliados que tenía entonces. No se encuentran, o no
he sabido encontrarlas.
De hecho fue la inestimable ayuda de una persona de la
Fundación Pablo Iglesias, que no me facilitó el número oficial de afiliados,
pero que me encaminó a un notable estudio de
José Félix Tezanos basado en una encuesta sociológica que dirigió, y en
la que también participaron José Antonio Gómez Yañez y otros, la que me
permitió calcular el número aproximado de afiliados en el citado Congreso.
Por suerte, para el objeto de este Blog - una Radiografía
del PSOE-, no es necesario conocer el número exacto de afiliados sino su
dimensión, es decir no es necesario saber que eran, por ejemplo, exactamente 3.500,
sino que no llegaban a 3.600. Y la dimensión la pude obtener por cálculo,
partiendo del censo oficial en el Congreso de Suresnes: 3597 según las actas
del PSOE (1), y las encuestas de Tezanos et alii (2) que indican qué porcentajes del censo total
se incorporaron en distintos periodos, y uno de ellos es el que media entre la
muerte de Franco y el XXVII Congreso, para el cual la encuesta da el valor 7 %.
El cálculo efectuado
con estos datos arroja un valor de 3849 afiliados, por lo que admitiendo que hubiera
cometido un error del 30 %, lo cual es improbable, la cifra total de afiliados
que el PSOE tenía en el momento del XXVII Congreso no superaba los 5.000.
Sí se encuentran
fácilmente los resultados de ese Congreso, cuyo lema era “Socialismo es
libertad”:
·
Votos a Felipe González: 86,5 %.
·
Votos en blanco: 13,5 %.
·
Abstención: 1,3 %.
·
Participación: 98,7
%.
Nota
del autor: ¿Cuál puede
ser la razón de que se haya tratado de ocultar la cifra oficial de afiliados al
PSOE en el momento del XXVII Congreso? No se me ocurre otra que la de que lo hicieron para disimular la febledad del “músculo”
socialista. Como he escrito en la 12ª entrega, 4 meses antes del citado
Congreso aún estábamos en pleno franquismo; ni en los periódicos, ni en las
emisoras de radio, ni en TVE, se mencionaba al PSOE o a “Isidoro”.
Una muestra de que era poco conocido -lo eran más
Múgica y Gómez Llorente- son las repuestas de Carrillo en una entrevista:
Entrevistadora:
“Usted se entrevistó con Felipe González dos veces antes de la muerte de
Franco. La primera recién elegido González en el Congreso de Suresnes como
primer secretario del PSOE (la entrevistadora emplea la denominación del PSF de
‘primer secretario’, y no la del PSOE de ‘Secretario General’) (…) ¿Cómo
recuerda esos encuentros?”
Carrillo: “Bueno, pues
yo si me acuerdo, pero lo que pasa es que en la primera de esas entrevistas
González pasó inadvertido para mí. Yo no tuve conciencia hasta bastante
después, cuando me han contado que allí estaba González, de que había estado
hablando con él.
Entrevistadora: “Pero, ¿cómo
no va a haberse dado cuenta de eso, si González era ya primer secretario del PSOE?”
Carrillo: “Pues por
una razón: porque a los que yo conocía y los que llevaban la voz cantante en esa
conversación eran Múgica y el manco, un tal Iglesias. Para mí González pasó
desapercibido en esa entrevista. Incluso no creo que me dijeran su nombre,
dirían Isidoro”. (3)
La
celebración de un Congreso socialista, arropado por los más importantes líderes
de europeos de los partidos de esa ideología, y que al día siguiente fue
noticia de portada en los grandes periódicos europeos, incluyendo los españoles
- hasta el ABC se hizo eco-, fue para
España como el traque de los cohetes que,
en tarde estival y campestre, te despierta de la siesta sobre la hierba,
invitándote a la romería. Y eso que el Congreso fue en pleno invierno.
No escribiré del PSOE lo mismo que Churchill dijo del
partido laborista de Attlee: que cabían todos en un taxi; pero si escribiré que
entonces todos sus afiliados no llenaban un tren de cercanías. ¡No convenía dar
tres cuartos al pregonero!
Otros datos
interesantísimos del trabajo de Tezanos son: la comparación del número de
afiliados al PSOE en el año 1979, dos años después de las elecciones a Cortes
Constituyentes, con el de afiliados a partidos socialistas en otros países
europeos en ese tiempo, lo que reflejo en la Tabla 1; y la pirámide de edad de
los militantes en ese mismo periodo, lo que me ha permitido compararla con la
pirámide de edad del conjunto de los españoles, y así que conozcamos si el PSOE
está igual de envejecido que la población española, si lo está igual, o si está
más joven.
Tabla 1. Comparación con otros
países en el año 1979
|
|||
País
|
Partido
|
Número de afiliados
|
Votantes por cada afiliado
|
Alemania
|
SPD
|
1.000.000
|
16,8
|
Austria
|
SPÖ
|
716.000
|
29,7
|
Bélgica
|
PSB
|
180.000
|
25,0
|
Dinamarca
|
SD
|
125.000
|
9,8
|
España
|
PSOE
|
101.082
|
1,8
|
Francia
|
PSF
|
200.000
|
3,1
|
Gran Bretaña
|
LP
|
659.000
|
17,4
|
Holanda
|
SP
|
120.000
|
23,4
|
Italia
|
PSI
|
450.000
|
7,74
|
Noruega
|
DNA
|
100.000
|
9,6
|
Portugal
|
PSP
|
75.000
|
22,1
|
Suecia
|
SSA
|
1.000.000
|
2,3
|
Suiza
|
SPS
|
55.000
|
42,3
|
Nota del autor: La Tabla 1 es una “fotografía” del año 1979, es
decir faltaban muchos años para el 31 de diciembre de 1991, fecha de la
implosión de la URSS, y nadie pensaba entonces que tal cosa pudiera suceder.
Entonces los partidos socialistas eran necesarios para el poder económico
“occidental”; a partir de esa fecha dejaron de ser útiles.
Por ejemplo,
el PSI de Bettino Craxi, que gobernó entre 1983 y 1987; él tuvo que huir a
Túnez para no ir a la cárcel, y el
partido ya no existe.
Por ejemplo,
el poderoso PSD alemán, que tenía 475.000 afiliados en el año 2014. Si la cifra
que Tezanos consignó es correcta perdió en 35 años 525.000 militantes, más de
la mitad que de los que tenía en 1979.
Por ejemplo
el PSF. No hace aún 5 años, en junio de 2012, era socialista el Presidente de
la República, François Hollande; era socialista el Gobierno; y eran socialistas
las mayorías de la Asamblea Nacional y del Senado.
El PSF
gobernaba en 21 de las 22 regiones metropolitanas, en 56 de los 96
departamentos, y en 27 de las 39 ciudades de más de 100.000 habitantes. En fin,
como dijo su primer secretario, Hollande, “he vivido cinco años de poder
relativamente absoluto”.
Y, de repente, desde su puesto de Presidente de la
República hace de padre putativo de Macron, un neoliberal al que nombró asesor
de la Presidencia, el cual con ayuda de Hollande y de una inversión de 19
millones de euros - 13 de donativos y 6
de un crédito bancario personal- ha llegado a ser Presidente de Francia. ¡Voy a
empezar a buscar un banco que me dé un crédito para desincrustar de su poltrona
a Rajoy, y ser yo el presidente del Gobierno!
La circunstancia de los partidos socialdemócratas
la abordaré cuando lleguemos al año en el que el PSOE “tocó el cielo con las
manos”: 1992.
La Tabla 2 nos muestra
una serie de datos estadísticos, pero las estadísticas, como las noticias, no son información - por sí solas no nos dan
conocimiento- es necesario que las relacionemos con otros datos o con otras
noticias que serán el fundamento histórico necesario para que sean información,
y así comprendamos el porqué del suceso, y qué consecuencias puede tener.
Tabla 2. Comparación entre las
pirámides de edad en el año 2015
|
||||
Tramo de edad
|
Pirámide de edad
afiliados PSOE
en %
|
Pirámide de edad
españoles en %
|
Mayor
PSOE
en %
|
Menor
PSOE en %
|
De 18 a 21
|
3,20
|
4,44
|
38,90
|
|
De 22 a 25
|
4,40
|
4,84
|
10,1
|
|
De 26 a 30
|
4,80
|
2,93
|
64,1
|
|
De 31 a 35
|
5,90
|
6,61
|
12,1
|
|
De 36 a 40
|
7,40
|
8,39
|
13,4
|
|
De 41 a 50
|
15,00
|
16,60
|
10,7
|
|
De 51 a 60
|
14,00
|
11,08
|
23,3
|
|
De 61 a 70
|
18,8
|
10,70
|
75,7
|
|
De más de 70
|
26,8
|
10,88
|
146,3
|
|
FUENTES: P.E. españoles: Population Piramyd
Net
P.E PSOE: Cálculo
demográfico del autor
Por eso voy relacionar
los datos de la tabla con otros hechos de forma que se comprendan bien sus
consecuencias.
Nota del autor: Un dato histórico que ayudará interpretarla es que
el 10 de noviembre de 1978 se fijó la mayoría de edad en los 18 años, tanto
para el hombre como para la mujer. Durante todo el franquismo, y hasta ese día,
la mayoría de edad para el hombre era a los 21 años, y para la mujer a los 23.
Por tanto entra dentro de lo normal que en 1979 la afiliación al PSOE de jóvenes, es decir según definición de la ONU - de 14 a 24 años- sea un 65 % menor
de lo que correspondería atendiendo a la pirámide de edad. No les había dado
tiempo para hacerlo.
Tezanos ya
señala en su estudio de 1979 que el porcentaje de jóvenes era muy bajo.
Si bien un
primer razonamiento es el que escribo
más arriba; cuando ya los jóvenes habían tenido tiempo suficiente para afiliarse no lo
hicieron. Por tanto debe haber otra causa.
Las reflexiones sobre ello me llevaron a retener
dos datos: que para afiliarse al PSOE era necesario ser presentado por 2 afiliados; y la edad de la mayoría de
los militantes.
El primer caso constituía una barrera para un
joven, porque salvo que algún amigo fuera militante, no era fácil que encontrase
a dos militantes que le avalasen.
Hasta el año 1982, inicio de las cuatro mayorías
absolutas del PSOE, los pocos cargos disponibles estaban en manos del “clan de
la tortilla” y/o de dirigentes históricos.
Sólo unos pocos jóvenes que habían sido aupados por el nepotismo de sus
padres, o de los amigos de sus padres, se habían incorporado a las filas de éste partido. Pero
a partir de ese año hubo miles de cargos disponibles en el Congreso, en el
Senado, en las Autonomías, en las Diputaciones, y en los Ayuntamientos. Y casi
todos muy bien remunerados, y muy apetecibles porque había mucho paro. Y solo
bastaba con que el joven encontrará un mentor situado en buen lugar del
organigrama del PSOE para hacerle figurar en la lista de las elecciones; en
esos doce años, estar en una lista equivalía a un billete premiado de la
lotería, salías elegido con toda seguridad; y sin haber trabajado nunca, ni
tener experiencia política alguna, salvo la de hacerse agradable al mentor,
obtenía un cargo cuya remuneración superaba con mucho la que hubiera conseguido
como “jasp”.
Creamos así, sobre todo en la Agrupación Socialista
Madrileña, lo que Iglesias calificó de “casta”. Pero hasta una casta es útil si
se basa en la meritocracia. Los mandarines constituían una casta que duró
siglos, pero que estaba basada en la meritocracia, y existía una competencia
feroz entre ellos para ser los mejores.
El segundo
es la edad; según la citada tabla el número de afiliados mayores de 60 años es
2,22 veces superior al que correspondería
por la pirámide de población española.
Un gran porcentaje de los afiliados son hijos de militantes
de antes de 1936; y han oído hablar a
sus padres de la “traición” de Carrillo que unificó las Juventudes Socialistas
y las del PC. Esa “noticia”, que durante años escucharon a sus padres, les ha
creado unos circuitos neuronales específicos que rechazan a las Juventudes
Socialistas; si a lo anterior se une la pirámide de edad de los actuales
militantes, en los rangos más elevados
de edad, que hace que un alto porcentaje haya dejado de entender a los
jóvenes, y que rechace mezclarse con ellos en las Agrupaciones, el coctel explosivo
está servido.
Sin embargo
al PP no se le presentó ese problema, porque el nombre que dieron a sus
jóvenes, “Nuevas generaciones”, transmite un mensaje de relación filial, que se
cumple realmente en muchos casos. El nombre que buscaron es un “ejemplo de
libro” de marketing político. Sus asesores son muy buenos.
Y es que los asesores son como los filetes de
vacuno: solomillo, entrecot, de babilla, de lomo, de aguja, filetes de 1ª,
filetes de 2ª, y filetes buenos para ser picados y convertidos en albóndigas; y
la calidad va unida al precio. El PP, como maneja mucho dinero, puede pagar
buenos asesores.
Ya conocemos la tendencia evolutiva del censo, y la
pirámide de edad del PSOE. Y el diagnóstico es que el partido está más viejo
que España, lo cual es grave dado que nuestro país es un país muy envejecido.
Además existe el
peligro de desaparición por consunción, ya que el número de afiliados mayores
de 60 años en 6 veces mayor que el
de afiliados de 18 a 25 años; por tanto, el hecho biológico condena al PSOE, si
el número y frecuencia de nuevos afiliaciones son las actuales, a que desparezcan bastantes
agrupaciones por no tener una sede para reunirse, ya que no podrán pagar los
gastos necesarios para mantenerla abierta. O dicho de otra manera: el PSOE,
puede llegar a tener tan pocos afiliados, que al no superar la masa crítica
necesaria para ser un partido político, sea irrelevante; que se convierta en un
“club de debates”.
Nota del autor: Lo anterior es el diagnóstico; corresponde al PSOE
salido de las últimas primarias, en el que también a los afiliados se nos
escucha, recetar el tratamiento que le saque de la postración y lo robustezca, porque su actual osamenta no soportaría el peso de los 6,5 millones de votos que necesita para ser la minoría mayoritaria. Pensar en estos tiempos en mayorías absolutas es soñar despierto.
C.1.1.2.7 Operación Galaxia.
El 16 de noviembre de 1978, pocos días después de que la
Constitución Española fuera aprobada por las Cortes, y pocos antes del
Referéndum, fueron detenidos el teniente
coronel de la Guardia Civil Antonio Tejero y el capitán de la Policía -los
“grises”- Ricardo Sáenz de Ynestrillas. Los cargos fueron conspirar para asaltar
La Moncloa, hacer rehén a Adolfo Suárez, y obligarle a formar un nuevo
Gobierno, y a no seguir adelante con el Referéndum de aprobación de la CE.
Los franquistas, tan chocarreros siempre, pronto
bautizaron a la Constitución Española: “la Prostitución Española”.
El nombre de la operación es el del edificio en el que
había la cafetería en la que se reunían los conspiradores para planear su
felonía.
Nota
del autor: El edificio
Galaxia está situado en Moncloa, y ocupa el lugar en el que estuvo hasta 1970 la
fábrica de la Perfumería Gal - la del jabón Heno de Pravia-, o una famosa
cervecería, el Laurel de Baco.
C.1.1.2. Convocatoria de elecciones
legislativas.
Hasta el día 29 de diciembre de 1978 las Cortes habían
sido constituyentes. Con la promulgación ese día de la Constitución Española, mediante
su publicación en el BOE, terminó su mandato, y fueron disueltas ese mismo día.
Una vez disueltas, el presidente del Gobierno, Adolfo
Suárez, convocó en el mismo acto elecciones generales a Cortes - Congreso y
Senado- , esta vez de carácter legislativo, cuya función era elaborar nuevas
leyes que se ajustaran a los preceptos de la CE. La fecha de celebración de las
mismas se fijó para el 1 de marzo de
1979.
Igualmente convocó elecciones municipales para el 3 de
abril.
Con la firma de los decretos de disolución, y de
convocatoria de los comicios, el Gobierno pasa a estar en funciones, las cuales
consisten en atender los asuntos ordinarios, y en organizar la celebración de
las elecciones, la vigilancia de las mismas, el control del escrutinio, y la
publicación de los resultados.
Ninguna otra potestad legítima tenía para hacer nuevas
leyes o firmar acuerdos con otros estados.
No podía Suarez, desde el mismo momento que convocó
elecciones legislativas, seguir tomando decisiones de Gobierno distintas de las
del ordinario funcionamiento de la Nación. Y a esas elecciones se refiere el
siguiente párrafo: “Su convocatoria puede parecer ahora más automática de lo
que en la realidad fue. La disolución de las Cortes que la precedió era
generalmente vista como una consecuencia obligada - después de la aprobación de
la Constitución- del carácter constituyente que éstas habían asumido-. Sin
embargo, la disolución fue todo menos automática. Por un lado se manejó la
hipótesis de sustituirla por una nueva investidura del presidente Suárez; por
otro, más precisamente por la izquierda, se reclamaba la convocatoria previa de
elecciones municipales…(4).
Nota
del autor: En el
párrafo anterior el “lado” a que se
refiere Joaquín Arango es el del clerical Marcelino Oreja Aguirre, y su cohorte
de opusdeístas, que no quisieron firmar los ilegítimos acuerdos mientras
funcionaron las Cortes Constituyentes, porque temían la reacción de la
oposición, y esperaron a firmar los acuerdos en el interregno parlamentario
entre la disolución de las constituyentes y las legislativas que saldrían de
las elecciones del 1 de marzo de 1979. ¡A rio revuelto…ganancia de clericales!
Por tanto Suárez, que aunque estudió por libre
Abogacía en Salamanca, algunas nociones sobre Derecho Constitucional tendría, y
sus ministros -algunos de ellos expertos en Derecho Constitucional- , debieron
tener en cuenta cómo se procedió sobre esta cuestión en los países democráticos
a los que queríamos unirnos. Por último: si no se fiaba de ellos pudo pedir
consejo a Torcuato Fernández Miranda, Catedrático de Derecho Constitucional en
la Universidad de Oviedo, y metió a Suárez en la terna presentada al Rey,
No lo hizo
así; Suárez jugó con dos barajas: disolución de las Cortes Constituyentes y acuerdos ilegítimos. Y jugar con dos
barajas lo hacen los tahúres, por eso cuando Alfonso Guerra le llamó “Tahur del
Missipi”, no le insultaba, le definía.
Suarez
cometió la tropelía de los acuerdos con el Vaticano.
D.1 Bajo el paraguas de la Constitución
Española.
D.1.1
Como escribí en la 13ª entrega, y recuerdo más arriba, las
Cortes fueron constituyentes, y su función fue la de redactar la nueva
Constitución Española. Una vez publicado en el BOE el texto aprobado por las
Cortes, y refrendado por el pueblo español en referéndum, las Cortes quedaron
disueltas.
La Disposición Final de la CE dice: “Esta Constitución
entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el
Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de
España”. La publicación de la CE se hizo el viernes 29 de diciembre de 1978.
Los acuerdos con el Vaticano se firmaron de tapadillo en
el Estado Vaticano el miércoles 3 de enero de 1979; era el segundo día hábil
del mes, y el Ministro de AA.EE, el clerical Marcelino Oreja Aguirre - el
“Oreja Grande” de Arzallus- , firmante por parte del gobierno Suárez quería
dormir el día 1 la juerga de Nochevieja, por eso volaron al aeropuerto romano
de Fiumicino el día 2.
Estos acuerdos son un calco del Concordato firmado años
atrás entre el Gobierno de Franco y el Estado Vaticano, y nos volvieron a los
tiempos del nacionalcatolicismo. Incluso mantenían la “prerrogativa de
presentación de obispos”, que consistía en que Estado Vaticano presentaba al
tirano una terna de nombres y Franco elegía el que quería que fuese obispo.
Fue Juan Carlos I quien rechazó ejercer esa prerrogativa,
ateniéndose así a la CE que había firmado, en cuyo Artículo 16.3 está escrito:
“Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en
cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las
consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás
confesiones.
Nota
del autor: El Rey, de
haber ejercido la citada prerrogativa hubiera dado a la religión católica el
marchamo de estatal. Pero es que además, por reducción al absurdo, sistema muy
empleado en Filosofía y en Matemáticas, se hubiera visto constitucionalmente obligado
a elegir, por ejemplo, a los mulás de la religión coránica.
De los cuatro acuerdos firmados, dos son los verdaderamente lesivos para la
libertad de los españoles y para nuestros dineros: el de Educación, y el Económico.
D. 1.1.1
Acuerdo sobre la Educación.
Con este acuerdo se intenta volver a implantar el
nacionalcatolicismo de tiempos de Franco. Estos son algunos de los acuerdos más
dañinos para la libertad de las personas:
·
Artículo I
En todo caso la educación que se
imparta en los centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la
ética cristiana.
Nota del autor: La jesuítica invocación a los valores de la ética
cristiana, deja al descubierto las intenciones de los clérigos católicos y de
los clericales españoles que redactaron los acuerdos.
Empleo el termino jesuítico en el sentido de la segunda acepción del
DRAE: ”Dicho del comportamiento: Hipócrita, disimulado”.
En modo alguno me
refiero a los jesuitas actuales, a los que desde que una Oriol proclamó “por sí y ante sí” que los jesuitas eran “comunistas”
respeto y aprecio.
Respecto a la ética
cristiana, otras sectas cristianas que hace muchos años que aceptaron el divorcio, no consideran que atente contra
sus valores éticos. Si a los estudiantes españoles no se les enseñara que en
España el divorcio es legal, sus docentes les estarían engañando.
Pero es que la CE también protege
los derechos de las personas homosexuales, y lo hace en el Artículo 14, en el que proclama la igualdad ante la ley:
“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de
nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
En el franquismo los que entonces eran llamados maricones, o invertidos,
podían ser encarcelados por la Ley de Vagos y Maleantes, o desterrados a un
campo de concentración; en Fuerteventura hubo uno de estos campos.
La “ética cristiana” de
la iglesia católica española aborda la homosexualidad de dos maneras:
·
Dice que es
una enfermedad, curable con tratamientos. Estos son los “polainos”, por el Dr. Aquilino
Polaino Lorente, Catedrático de Psicopatología de la Universidad
Complutense de Madrid, que invitado por un ponente del PP para que explicara a
la Comisión que estudiaba la “Ley del Matrimonio de las Personas del Mismo Sexo”,
las razones para oponerse a que se aprobara, soltó tantas tonterías, tantas
sentencias acientíficas, que su anfitrión avergonzado lo sacó de la sala de la
Comisión, a la que ya nunca volvió Polaino.
·
El insulto,
que es lo que emplea el energúmeno Obispo de Alcalá. Al que ese adjetivo le va como anillo al
dedo porque, según el diccionario, un energúmeno es una persona poseída por el
demonio.
Así pues, si los
docentes empleasen la peculiar “ética cristiana” para enseñar a sus alumnos, estarían formando futuras personas homofóbicas.
La pretendida “ética cristiana” es a la Ética lo que la “democracia
orgánica” del franquismo era a la Democracia, y ello es así porque los
conceptos absolutos no necesitan adjetivos, su empleo o distorsiona su sentido,
o sirve para engañar.
Por eso toda la clerigalla y sus secuaces, se lanzaron a las calles de España,
para intentar que la asignatura “Educación para la Ciudadanía” se eliminara del
currículo escolar. Quieren imponernos su “ética” y su “moralidad”.
·
Artículo II
Los planes educativos en los niveles de Educación
Preescolar, de Educación General Básica (EGB) y de Bachillerato Unificado
Polivalente (BUP) y Grados de Formación Profesional correspondientes a los
alumnos de las mismas edades, incluirán la enseñanza de la religión católica en
todos los Centros de Educación, en condiciones equiparables a las demás
disciplinas fundamentales.
Por respeto a la libertad de
conciencia, dicha enseñanza no tendrá carácter obligatorio para los alumnos. Se
garantiza sin embargo el derecho a recibirla.
Las autoridades académicas
adoptaran las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no recibir la
enseñanza religiosa no suponga discriminación alguna en la actividad escolar.
En los niveles de enseñanza
mencionados, las autoridades académicas correspondientes permitirán que la
jerarquía eclesiástica establezca, en las condiciones concretas que con ella se
convenga, otras actividades complementarias de formación y asistencia
religiosa.
Nota del autor: Ya en el primer párrafo aparece la zorrería
eclesial porque hace obligatoria la enseñanza de la “religión católica”. No de
la “Religión” sino de la católica, contraviniendo el precepto constitucional
citado anteriormente: “Ninguna confesión tendrá carácter
estatal”. Como la religión católica, es una “confesión” en el sentido en que
este término se utiliza en la CE, su catequesis en todas las escuelas españolas
la convertiría, por la puerta de atrás, en la
religión oficial de España.
Lo de la “libertad de conciencia”,
escrito en un documento del Vaticano, suena a chiste. Una vez que empezaron a
dar clases de religión católica, se encontraron con que bastantes alumnos no
asistían a las mismas, pero durante el periodo en que sus compañeros estaban
siendo catequizados no hacían nada. La competencia resultaba muy dura pues los
otros alumnos no querían asistir a clase de religión.
Acudieron
entonces a lo de “que
el hecho de recibir o no recibir la enseñanza religiosa no suponga
discriminación alguna en la actividad escolar”, y para que no existiera esa
supuesta discriminación, exigieron a
las autoridades académicas que esos alumnos réprobos fueran obligados a asistir
a clase “de lo que fuese”.
Por cierto ni siquiera sabían redactar
un acuerdo, porque dos negaciones seguidas en un párrafo disyuntivo es una
afirmación. Por lo que leyendo correctamente lo que dice es que suponga
discriminación.
Y lo que ya es surrealista es el último
párrafo, redactado de forma prepotente, porque es la jerarquía la que conviene
y no el Estado Español, y en el que pretenden volver a los tiempos de “con
flores a María” en el mes de mayo, la sabatina, los ejercicios espirituales, y
el rezo del rosario.
Los docentes de “religión católica”
serán presentados a quien paga, el Estado, por el Ordinario. Lo que al
referirse a los obispos parece que tuvieran in mente que en el futuro habría en
Alcalá de Henares un ordinario, el obispo.
D. 1.1.2
Acuerdo sobre Asuntos Económicos.
Con
este acuerdo la iglesia católica se convierte en un parásito de los españoles, ya
que el Estado obtiene su dinero de impuestos y
otras exacciones que pagamos los ciudadanos. Vuelven los tiempos de la
“Alianza entre el Trono y el Altar” y del ministerio de Gracia y Justicia.
·
Articulo II.
2. Transcurridos tres ejercicios completos desde la firma de este acuerdo el Estado podrá asignar a la Iglesia Católica un porcentaje de la imposición del impuesto sobre la renta o el patrimonio neto u otra de carácter personal, por el procedimiento técnicamente mas apropiado. Para ello será preciso que cada
contribuyente manifieste expresamente en la declaración respectiva su
voluntad a cerca del destino de la parte afectada. En ausencia de tal
declaración la cantidad correspondiente se destinará a otros fines.
contribuyente manifieste expresamente en la declaración respectiva su
voluntad a cerca del destino de la parte afectada. En ausencia de tal
declaración la cantidad correspondiente se destinará a otros fines.
3. Este sistema
sustituirá a la dotación a la que se refiere el apartado siguiente.
4. En tanto no se
aplique el nuevo sistema el estado consignará en sus Presupuestos Generales la
adecuada dotación a la Iglesia Católica, con carácter global y único, que será
actualizada anualmente.
Durante el proceso de sustitución, que se
llevará a cabo en el plazo de tres años, la dotación presupuestaría se minorará
en cuantía igual a la asignación tributaria recibida por la Iglesia Católica.
5. La Iglesia
católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes, para
la atención de sus necesidades. Cuando fuera conseguido este propósito, ambas
partes se pondrán de acuerdo para sustituir los sistemas de colaboración
financiera expresada en los párrafos anteriores de este artículo, por otros
campos y formas de colaboración
financiera entre la Iglesia católica y el Estado.
Nota
del autor: Podemos ver
que por los Artículos II.2 y II.3 de estos acuerdos los españoles empezamos a
pagar un nuevo impuesto: el eclesiástico.
El Artículo
II.4 es la versión cinco siglos después de las cuantas del Gran
Capitán, es aquello de “por picos, palas y azadones, tres millones, porque al
ser una cantidad a tanto alzado no se conocen a que partidas va destinada, y
por tanto es imposible juzgar si es la adecuada. Tal cosa lleva a que “el que
más chifle capador”, y a que los funcionarios de Hacienda, que no defienden su
propio dinero personal, acaben cediendo a las peticiones clericales.
Se necesita
desfachatez para que después de 39
años la iglesia católica nos diga que aún no haya alcanzado la
autofinanciación, que proponían en el Artículo II.5.
Pero hay
algo más grave, la avidez frailuna, porque en el mismo artículo nos amenaza que
cuando alcance la autofinanciación explorara otros campos de “colaboración
financiera”. En plata: que buscará la forma de sacarle a un Estado débil frente
a ella, más dinero. Hacen así bueno lo del “te hizo la boca un fraile”, que nos
decían cuando éramos niños.
Estos polvos, los Acuerdos, han dado lugar a los lodos que
son las múltiples reformas de la enseñanza. Ahora tenemos pendiente la ley
Wert, espada de Damocles que Rajoy dejará caer cuando vaya a haber nuevas
elecciones, si necesita los votos que moviliza la iglesia católica.
Por eso, cuando oigo a bastantes ciudadanos lamentarse por
los perjuicios que causan los constates cambios de planes de enseñanza, me
acuerdo de un anuncio antiguo: “no se lamente, ¡mátela!, raticida Ibys 103”.
Para no lamentarse el ciudadano debe tener información de las cosas que le
afectan, y esos Acuerdos nos afectan, y obrar en consecuencia.
Nota
del autor: Mi formación
no es “de letras”, es “de ciencias”, y
dentro de esa categoría de “ciencias duras”. Por eso cuando en el Blog he
comentado alguna Ley he tenido que descargarla, leerla, y escribir sobre la
parte concreta de la misma, sin entrar para nada en lo que se conoce como “el
espíritu de la ley” cuya interpretación corresponde a los profesionales del
foro –jueces, fiscales, y abogados-. Sin embargo si conozco la importancia que
esos profesionales le dan al “Derecho comparado”, a lo que se hace para
cuestiones similares en países que tienen un ordenamiento judicial parejo al
nuestro.
Empezaré por
nuestro propio país. Cuando se proclamó la 2ª República hubo elecciones a
Cortes Constituyentes. Una vez promulgada la Constitución de la República
Española - en su texto se
recalca el sitio donde se firmó: “Palacio de las Cortes Constituyentes a 9 de diciembre de 1931”- , el Gobierno
quedó en funciones para convocar unas Elecciones Generales Legislativas, no tenía potestad para otras acciones.
En Italia
tras la caída del fascismo, y de la monarquía que lo auspició, se convocan
elecciones constituyentes para el 2 de junio de 1946 para redactar una
Constitución. Con los resultados de dichos comicios se formó un gobierno de
unidad nacional, que procedió a redactar una Constitución, la redacción de la
misma duró hasta el 22 de diciembre de 1947. Entró en vigor el 1 de enero de
1948. Luego ese mismo Gobierno quedó en funciones para convocar unas Elecciones
Generales Legislativas, no tenía
potestad para otras acciones.
A contrario sensu ni Francia ni Alemania,
por razones diferentes, convocaron elecciones constituyentes para redactar la
Constitución de la V República, y la de la Ley Fundamental, respectivamente.
Cuando De
Gaulle funda la V República no convoca elecciones constituyentes; encarga a su
gobierno - era Presidente de la IV República- la redacción de una Constitución
basada en la de la IV República. El nuevo texto fue aprobado en el referéndum
celebrado del 28 de setiembre de 1958.
Al no haber convocado
elecciones constituyentes, siguió gobernando en el amplio sentido de la palabra,
pues estaba legitimado para ello.
En la Alemania
ocupada por los vencedores del nazismo, no se celebraron elecciones a Cortes
Constituyentes sino que el Consejo Parlamentario, un ente formado por 65
miembros nombrados por los gobiernos de los 11 estados federados que
constituían la llamada “Alemania Occidental”, redactó lo que se conoce como la
Ley Fundamental -no la llaman Constitución porque fue otorgada por las
potencias vencedoras, y no ha emanado del pueblo alemán-. Por ello después de
aprobada, todavía durante un periodo de rodaje de la misma, fueron las
potencias ocupantes las que gobernaron.
Por los
ejemplos de derecho comparado anteriores la denuncia de los Acuerdo Vaticanos tiene fundamentos jurídicos suficientes: fue
un abuso de poder del Gobierno de UCD; y como persona física y jurídica de
Marcelino Oreja Aguirre.
En esta
ocasión Adolfo Suárez, del que en esta entrega he loado su honestidad, fue un fullero.
En 6
legislaturas gobernando -casi 24 años-, de ellas 3 con mayoría absoluta, y el
resto con mayorías suficientes, el PSOE no tuvo redaños para denunciar los
acuerdos y negociar otros ajustados a la actual Constitución. No tuvo agallas
para subsanar la tropelía de Suárez - empleo ese verbo en su segunda
acepción-.
Continuará en la próxima entrega.
Alfredo
Sancho Cavo
BIBLIOGRAFÍA:
(1)
P.S.O.E. Actas de
Suresnes.
(2) José Félix Tezanos et alii. Estructura y dinámica de la afiliación
socialista en España.
(3) Victoria
Prego. Entrevista a Santiago Carrillo.
(4)
Joaquín Arango. Las Generales
de 1979.
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